domingo, 2 de septiembre de 2012

Gobierno oficializó medida que elimina cuota inicial en créditos para vivienda

La Gaceta Oficial 39.997 que circuló ayer publicó una resolución que autoriza a la banca a financiar 100% del valor de los inmuebles que no superen los Bs 500 mil

Los créditos serán otorgados siempre que el pago no supere 35% de los ingresos
Los créditos serán otorgados siempre que el pago no supere 35% de los ingresosFoto: Archivo

Caracas.- Ya no hay margen de duda: el pago de la cuota inicial en los créditos para vivienda principal fue eliminado. Así quedó formalizado en la resolución del Ministerio de Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial 39.997 que  circuló ayer,  donde se establecen los lineamientos que seguirá la banca para otorgar préstamos para la adquisición de inmuebles que no superen los Bs 500 mil.
El documento, suscribe el acuerdo alcanzado la semana pasada entre la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (Banavih), y aclara que la modificación de las condiciones para otorgar créditos hipotecarios, vigentes desde julio pasado,  suprime el requisito de cancelar un adelanto  para optar al préstamo.
Los lineamientos fijan que la banca, “considerando la capacidad de pago del deudor (...)  podrá otorgar créditos para vivienda principal por el 100% del valor del inmueble dado en garantía, según el avalúo”.
Tal como adelantó El Tiempo, la supresión de la cuota inicial fue acordada en julio, en la resolución  número 153 del Ministerio de Vivienda. La  norma derogó la resolución 103 de agosto de 2011, que en su artículo siete fijaba el valor de las cuotas iniciales entre 2% y 20% sobre un valor de Bs 270 mil del inmueble.
Pese a esto, voceros del sistema financiero habían adelantado que la Ley de Instituciones del Sector Bancario prohibía dar créditos mayores a 85% del precio de la vivienda (el resto  era  entregado por el comprador como inicial), pero la nueva norma aclara que el artículo 104 de ese texto  dispone que la limitación no aplica para  préstamos con recursos de la gaveta obligatoria  o los provenientes de los fondos de ahorro.
Medidas
De acuerdo con la resolución, los  aportes serán para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejora de vivienda principal,  siempre que la cancelación de cada cuota  no supere  35% de los ingresos mensuales del solicitante. Desde marzo pasado, los constructores quedaron limitados a edificar inmuebles entre Bs 300 mil y Bs 500, tope que será usado para el monto total del financiamiento.
El director de la Asociación Bancaria de Venezuela (ABV), José Grasso Vecchio, confirmó que fue oficializada la supresión de la cuota inicial, al darle “piso legal” a las medidas del Ejecutivo. A su juicio, la acción amplía el espectro de personas que podrán adquirir viviendas,  pero advirtió que la entrega dependerá de la capacidad de pago del solicitante.
Llamó al gobierno a revisar las condiciones de financiamiento para la clase media, es decir, redistribuir el destino de la cartera hipotecaria ya que, según dijo,  el techo de Bs 500 mil como valor del inmueble, así como los ingresos máximos (15 salarios, Bs 30 mil 712)   “limita el tipo de vivienda que puede pagar este estrato de la población, que tiene un mayor poder adquisitivo”. Grasso    pidió evaluar  la apertura de un mercado secundario, es decir, que la banca puede revender los papeles de deuda para cubrir la gaveta obligatoria, a los fines de ampliar el caudal de recursos para créditos.
28,4 por ciento
de los activos de los bancos del país, lo representan los bonos de deuda  que el sistema financiero le compra al Estado, entre otras, para cumplir la gaveta obligatoria hipotecaria. Esta fue elevada este año a 15% del total de la cartera de créditos  del sistema. Hasta el momento, el gobierno controla el destino de 50% de los depósitos de la banca.

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